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¡Atención! Los compradores sobre plano tienen garantizadas las cantidades que aportaron

Si has adquirido alguna vivienda sobre plano, nos reconforta anunciarles que afortunadamente, a diferencia del algún tiempo atrás, los compradores sobre plano tendrán garantizadas las cantidades que aportaron más un 6 % anual, según lo establece el art. 1 de la Ley 57/1968 de 27 de julio sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción […]

Si has adquirido alguna vivienda sobre plano, nos reconforta anunciarles que afortunadamente, a diferencia del algún tiempo atrás, los compradores sobre plano tendrán garantizadas las cantidades que aportaron más un 6 % anual, según lo establece el art. 1 de la Ley 57/1968 de 27 de julio sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.
A pesar de que dicha ley fuera derogada el pasado 1 de enero, hasta ese momento, sigue teniendo plena vigencia, con el fin de preservar la protección del comprador. Para aquellos que desconozcan el tema indicaros que esta ley establece que las cantidades a cuenta deberán ser depositadas en una cuenta especial, disponible ésta de forma exclusiva para la construcción de las viviendas.

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De modo que para poder abrir dichas cuentas, será la entidad financiera la que deba exigir la garantía de la devolución de cantidades más el 6 % anual. Así pues en el caso de que el banco no exigiera esa garantía y el comprador depositara su dinero en una cuenta ordinaria y no en la especial señalada por la ley, la sentencia del Supremo de 13 de enero de 2015 establece que «es obligación exclusiva del promotor-vendedor ingresar las cantidades anticipadas por los compradores en la cuenta especial que el referido promotor debe abrir».

Además la misma sentencia establece que el derecho del comprador es irrenunciable, con lo que para que éste quede cubierto no es necesario que haya depositado en la cuenta especial. En última instancia según queda reflejado a través de esta sentencia, la responsabilidad en todo caso es del promotor, no del comprador. Le animamos a qué, si cuenta con alguna duda, contacte con nuestro bufete de abogados en Cáceres y nos consulte sin compromiso.

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